Derecho inmobiliario
La normativa de derecho inmobiliario regula, con carácter general, todo tipo de transacciones inmobiliarias. Como ejemplo de sus campos de actuación destacamos, entre otros, los contratos de compraventa, los arrendamientos, el acceso al Registro de la Propiedad, derechos reales, ordenación de la edificación y promociones inmobiliarias.
En VARELAMEIZOSOABOGADOS contamos con profesionales especializados en derecho inmobiliario que podrán asesorarte en las siguientes cuestiones
Te asesoramos en todos aquellos contratos relacionados con el Derecho Inmobiliario
- Contratos de arrendamiento
- Contratos de compraventa
- Contratos de arras
- Contratos opción de compra
- Contrato de Permuta a cambio de edificación futura
- Contrato de Superficie
- Contrato Donación de Inmuebles
- Contrato de Obra
- Llevamos la dirección letrada de todos los procedimientos judiciales que se puedan suscitar en reclamación o defensa de tus derechos.
- Estamos especializados en DESAHUCIOS y reclamaciones por impago de rentas.
A través de este procedimiento podrás recuperar la posesión de tu finca y si te adeudan alguna cantidad se podrá acumular en el mismo procedimiento la reclamación de las rentas y otras cantidades impagadas.
En virtud de un contrato de arrendamiento una de las partes (arrendador) se obliga a ceder a la otra (arrendatario) el uso o goce de un bien por un tiempo determinado y a cambio de una renta.
Existen 3 tipos de arrendamientos:
- Los arrendamientos urbanos que pueden ser de dos tipos: de vivienda y para uso distinto de vivienda.
- Los arrendamientos rústicos en virtud de los cuales se cede temporalmente una o varias fincas o parte de ellas, para su aprovechamiento agrícola, ganadero o forestal a cambio de un precio o renta.
- Existe también una categoría residual que engloba diversos tipos de contratos como por ejemplo los de industria, porteros, guardas, asalariados, empleados y funcionarios.
En nuestro despacho contamos con profesionales especializados en arrendamientos que resolverán todas tus dudas.
Si has heredado parte de una vivienda o te has divorciado y vuestra casa sigue a nombre de los dos, tienes que saber que nadie está obligado a mantener una situación de copropiedad con otra persona sobre un bien inmueble o derecho. Puedes solicitar la extinción de la copropiedad en cualquier momento.
Contacta con nosotros y te informaremos sobre cómo proceder.
En general asociamos a la propiedad horizontal a un edificio en el que sus diferentes pisos y locales pertenecen en propiedad a diferentes personas, que tienen la propiedad exclusiva de su piso y, a la vez, son copropietarios de los diferentes elementos comunes del edificio.
Lo cierto es que existen otras situaciones como las que se pasan a enumerar:
- Situaciones de prehorizontalidad o propiedad horizontal formal. En estos casos existe un proyecto de edificación y se otorga un título constitutivo con independencia de que se haya comenzado o no a construir, poniéndose a la venta los diferentes pisos o locales, como opción de compra o compraventa de cosa futura, en régimen de propiedad horizontal, aunque el edificio, materialmente, no existe.
- Situaciones de propiedad horizontal de hecho. En estos casos estamos ante edificios en régimen de propiedad horizontal para los que no se ha otorgado el título constitutivo.
- Las mancomunidades. En estos casos hay más de un edificio, cada uno de ellos el régimen de propiedad horizontal, que a su vez tienen elementos comunes a todos ellos como por ejemplo una piscina o un jardín.
- Las urbanizaciones o propiedad horizontal tumbada. Este es el caso de varias viviendas unifamiliares dentro de un perímetro determinado que cuentan con elementos comunes a todas ellas como, por ejemplo, piscinas o jardines.
- Centros comerciales en régimen de propiedad horizontal. Se trata de comunidades con intereses económicos, integradas por varios establecimientos mercantiles o empresas.
La propiedad horizontal se rige por:
- La autonomía de la voluntad concretada en el título constitutivo y los estatutos que tienen como límite, las normas imperativas de la Ley de Propiedad Horizontal.
- La normativa específica de la propiedad horizontal, esto es, el artículo 396 Código Civil y la Ley de Propiedad Horizontal.
- Las normas de convivencia interna a través de los reglamentos u ordenanzas de régimen interior.
- Y, de forma supletoria, por las normas del Código Civil sobre comunidades de bienes, las que se refieren a la propiedad en general y, en general, por el Código Civil.
En VARELAMEIZOSOABOGADOS contamos con profesionales especializados en propiedad horizontal que resolverán todas tus dudas y te asesorarán sobre cómo proceder para defender tus derechos.