Derecho laboral y Seguridad Social

1Accidentes de trabajo e Incapacidades

La incapacidad permanente se regula en la Ley General de Seguridad Social que contempla cuatro grados: parcial, total para la profesión habitual, absoluta para toda profesión u oficio y gran invalidez.

La Administración mantiene un criterio restrictivo a la hora de reconocer las prestaciones por incapacidad permanente pero los jueces y tribunales corrigen este criterio si se reclama con fundamento y apoyo en informes médicos que acrediten las limitaciones del trabajador y su influencia en el ámbito laboral.

En VARELAMEIZOSOABOGADOS queremos ayudarte, contacta con nosotros y te asesoraremos sobre cómo proceder.

2Despidos

La empresa puede efectuar tres tipos de despidos: objetivo (por una causa o causas relacionadas con el funcionamiento y solvencia de la empresa), disciplinario (por incumplimiento grave y culpable del trabajador) y colectivo (despido objetivo a un número importante de trabajadores).

El despido puede ser declarado procedente (si las causas alegadas por la empresa pueden justificarse), improcedente (si no existe causa o la empresa no puede justificar) y nulo si tiene por móvil alguna de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución o en la Ley, o bien si se produce con violación de derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador.

Si tú eres el trabajador y te han despedido recuerda que hay un plazo muy breve para reclamar (20 días hábiles) ante el SMAC y que este plazo es de caducidad. Si no se alcanza un acuerdo en el SMAC debe interponerse una demanda ante el juzgado de lo social.

3Reclamaciones de Cantidad

Las letradas/os de VARELAMEIZOSOSABOGADOS te ayudamos a reclamar cualquier cantidad que la empresa te pueda adeudar:

  • Reclamamos tu salario
  • Reclamamos tu finiquito
  • Reclamamos tu indemnización

El plazo para reclamar por deudas salariales es de un año. SI TIENES DUDAS O ALGÚN PROBLEMA, LLÁMANOS, PODEMOS AYUDARTE

4Sanciones

Las/os profesionales de VARELAMEIZOSOABOGADOS te asesoramos sobre la tramitación y defensa contra sanciones laborales tanto desde la posición empresarial como del trabajador.

A los efectos de sancionar al trabajador, se considerarán incumplimientos contractuales:

  1. Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
  2. La indisciplina o desobediencia en el trabajo.
  3. Las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos.
  4. La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
  5. La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado.
  6. La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
  7. El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación, así como el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o a las personas que trabajan en la empresa.

Si eres el trabajador, ten en cuenta que el plazo para reclamar es de 20 días y es de caducidad.

5Expedientes de Regulación de Empleo

VARELAMEIZOSOABOGADOS cuenta con profesionales especializados en ERES y ERTES

ERE

El empresario puede acudir a un expediente de regulación de empleo (ERE) cuando la situación en la que se encuentra su empresa desde el punto de vista económico y financiero es insostenible.

El objetivo que se persigue con un ERE y, por tanto, con la medida de extinción de contratos laborales propuesta en el expediente se traduce en que la empresa resulte viable y perdure, superando la crisis que atraviesa.

Los motivos económicos que se aleguen deben estar circunscritos a la empresa en particular para que puedan servir de fundamento al expediente ya que no se admite como causa suficiente para solicitar el ERE la alegación de una crisis que afecte al sector determinado en el que se encuentra la empresa.

Ante la situación actual de crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus, en VARELAMEIZOSOABOGADOS podemos asesorar a tu empresa o a ti como trabajador ante esta situación.

El expediente puede iniciarse a instancia del empresario o de los trabajadores y su aprobación produce los siguientes efectos:

  1. Se autoriza al empresario para que proceda a la extinción o suspensión de los contratos de trabajo afectados por el expediente.
  2. Se indemniza a los trabajadores. La indemnización será de 20 días por año de servicio con un máximo de 12 mensualidades, salvo que por pacto individual se fije una cuantía superior. Si hubiera algún trabajador que llevara menos de 1 año en la empresa, para calcular la indemnización se prorratearan los meses trabajados.

    Es importante indicar que en empresas con menos de 25 de trabajadores el FOGASA abona el 40% de la indemnización que corresponda a los trabajadores cuya relación laboral se extinga, con el límite de una anualidad y sin que el salario diario base del cálculo exceda del duplo del Salario Mínimo Interprofesional. Si existiese retraso de la empresa en el pago de las indemnizaciones, seria constitutivo de mora indemnizable.
  3. Los trabajadores despedidos tendrán derecho a las prestaciones por desempleo, si se cumplen los requisitos, lo que se declarará en la propia resolución del expediente.

ERTE

El expediente temporal de regulación de empleo (ERTE) es una autorización temporal para que una empresa pueda suspender uno o varios contratos de trabajo durante un tiempo determinado. Es decir, se autoriza a la empresa a prescindir de sus empleados y no pagarles durante un concreto periodo de tiempo en el que las personas afectadas por el ERTE continúan vinculadas a la empresa, pero ni cobran, ni generan derecho a pagas extra y vacaciones durante el tiempo que permanecen fuera de su puesto de trabajo.

Acudiremos a un ERTE por causa de “fuerza mayor” o por causas económicas, técnicas u organizativas de la empresa.

Tienes que saber que un ERTE puede ser de suspensión total o parcial de la jornada o simplemente de reducción de ésta, con la consiguiente reducción de salario, si la causa productiva, técnica u organizativa que motiva el expediente no afecta a la totalidad de las horas o días de trabajo desempeñadas por la persona trabajadora.

A estos efectos, se entiende como fuerza mayor, la generada por hechos o acontecimientos involuntarios, imprevisibles, externos al círculo de la empresa y que imposibilitan la actividad laboral.

Durante la suspensión del contrato la empresa debe mantener al trabajador en alta y hacer frente a las cuotas de la seguridad social.

Durante este periodo el trabajador afectado por la suspensión del contrato o la reducción de jornada mediante ERTE se considera en situación legal de desempleo. El trabajador no tiene que solicitar cita previa con el SEPE, ya que la gestión de la prestación se tramita entre la empresa y el SEPE.

Si tu empresa atraviesa dificultades temporales, te ponemos asesorar sobre las distintas posibilidades que ofrece un ERTE y si como trabajador has resultado afectado por un ERTE no dudes en ponerte en contacto con nosotros para conocer tus derechos.

6Cesión Ilegal de Trabajadores

Estamos ante una cesión ilegal de trabajadores cuando una empresa cede a otra mano de obra o trabajadores dejando de ejercer las facultades de dirección que le corresponden.

No hay que confundir esta figura, la cesión ilegal de trabajadores, con la externalización de servicios, ni con el contrato de puesta a disposición que únicamente pueden realizar las empresas de Trabajo Temporal. Una vez declarada la existencia de cesión ilegal de mano de obra o trabajadores el trabajador podrá optar por adquirir la condición de fijo en una de las dos empresas.

El trabajador puede reclamar por cesión ilegal tanto si ha sido despedido como si no, pero si ha habido despido no hay que olvidar que para la reclamación se dispone de un plazo de 20 días por lo que si estás en este caso no dudes en llamarnos cuanto antes. VARELAMEIZOSOABOGADOS tiene una amplia experiencia con casos como el tuyo.

7Pensiones y Jubilación

En VARELAMEIZOSOABOGADOS contamos con profesionales muy cualificados en la tramitación y reclamación de todo tipo de prestaciones. Contacta con nosotros.

8Procedimientos Judiciales Laborales

En VARELAMEIZOSOABOGADOS nos encargamos de tu defensa ante jueces y tribunales en cualquier procedimiento de carácter laboral al que te tengas que enfrentar.

  • Impugnación de sanciones
  • Vacaciones
  • Clasificación profesional
  • Movilidad Geográfica y Modificaciones Sustanciales
  • Reclamación de salarios
+34 981 564 002